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Presentación de solicitudes del  10 de Septiembre al 9 de Octubre de 2019

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

  • Podrán acceder a la especialidad de Psicología Clínica los graduados/licenciados en Psicología u otros graduados/licenciados del ámbito de la psicología. Los aspirantes deberán haber obtenido su título universitario antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de la Confederación Suiza o del Principado de Andorra. Los nacionales de terceros países que sean titulares de una autorización para residir en España en los términos establecidos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, podrán presentarse a las presentes pruebas selectivas para acceder a plazas de formación sanitaria especializada de cualquier titulación en igualdad de condiciones que los españoles.
  • No exceder de la edad de jubilación forzosa legalmente establecida.

SOLICITUDES Y TASA DE DERECHOS DE EXAMEN

El modelo 790 de solicitud se cumplimentará a través de la dirección de internet: https://sede.mscbs.gob.es/fse/modelo790. Cumplimentado y firmado el modelo de solicitud, éste podrá presentarse electrónicamente o en soporte papel en los términos previstos para cada supuesto.

Cada formulario de solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único, por lo que no serán válidas las fotocopias del mismo.

Sin perjuicio del plazo de subsanación previsto en la relación provisional de admitidos, la ausencia de firma en la solicitud, ya sea mediante rúbrica personal o a través de firma electrónica, será causa de no admisión a las pruebas selectivas.

La tasa de derechos de examen será de 30,49 euros, que se ingresarán en el Tesoro Público a través de pago electrónico o mediante su abono en las entidades financieras colaboradoras.

Están exentos del pago de la tasa: las personas que pertenezcan a familia numerosa clasificada en cualquier categoría; las personas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%; las personas que figuren como demandantes de empleo y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional; y las personas víctimas de terrorismo.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Acreditación de titulación universitaria: No tendrán que presentar copia de titulación las personas que hayan sido admitidas a estas pruebas en cualquier convocatoria previa. El resto de personas, en el momento de realizar la solicitud electrónica, deberán adjuntar obligatoriamente, en formato pdf, copia del título universitario que en cada caso corresponda, o copia de la resolución de reconocimiento, homologación o equivalencia, del correspondiente título extranjero. Esta documentación se unirá también obligatoriamente a la solicitud registrada de forma presencial.
  • Acreditación de méritos académicos: Con carácter opcional, y preferentemente en el momento de realizar la solicitud electrónica, se podrá adjuntar, en formato pdf, acreditación de méritos académicos y en su caso, la titulación de doctor. Esta documentación se unirá también a la solicitud si se registra de forma presencial. En relación a la copia de la certificación académica personal, ésta habrá de incluir al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global del expediente académico. En relación a la copia de la titulación de doctor, ésta habrá de incluir la calificación obtenida en la tesis.
  • Acreditación de la identidad: Si la persona solicitante no ha otorgado consentimiento para la verificación de su DNI/NIE, marcando la casilla indicada a tal efecto en el modelo de solicitud deberá aportar copia del mismo en el momento de realizar el registro presencial de su solicitud.
  • Acreditación de condición que permite exención de pago de tasa.

LUGARES DONDE SE PUEDE RECOGER Y PRESENTAR LA INSTANCIA.

  • Online: Posibilidad de realizar presentación íntegramente electrónica de la solicitud cuando se cumplan los requisitos que se especifican en la Convocatoria. (ver página 97273 de la Convocatoria).
  • Presencial: En la convocatoria actual no han publicado las sedes y direcciones donde puede presentarse la instancia, el siguiente enlace es de la convocatoria pasada: Ver B.O.E páginas 241-243 (lugares donde presentar la instancia).

SEDE CENTRAL: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Oficina de Asistencia en Materia de Registro, paseo del Prado, 18 y 20. 28071 Madrid

INFORMACIÓN RELEVANTE EN LA CONVOCATORIA  DE PRUEBAS SELECTIVAS 2019-2020. 

Las pruebas selectivas para acceder a las plazas ofertadas en la presente convocatoria, consistirán en contestar un cuestionario de 175 preguntas más 10 preguntas de reserva. Cada pregunta constará de cuatro opciones de respuesta, de las que solo una de ellas será la correcta. El ejercicio tendrá una duración de cuatro horas.

* Adjudicación de plazas: la elección de plaza se llevará a cabo electrónicamente, con sujeción a las indicaciones que se contienen en el anexo V  de esta convocatoria.

* Del total de plazas ofertadas, 13 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad.

* Relaciones provisionales y definitivas de admitidos y no admitidos: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de dos meses, se aprobará y publicará las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas.

La resolución que aprueba estas relaciones provisionales establecerá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para presentar reclamación con el fin de subsanar los defectos que motivan la no admisión. La no subsanación determinará la exclusión de la prueba.

Las reclamaciones que se presenten serán resueltas, en el plazo máximo de dos meses, por la citada Dirección General, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, a las que se dará igual publicidad que a las provisionales.

En la relación definitiva de admitidos se indicará la mesa y centro de examen en la que cada aspirante debe realizar el ejercicio.

Aprobadas las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, dictará resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» anunciando la fecha de realización del ejercicio.

*Posibilidad de realizar presentación íntegramente electrónica de la solicitud cuando se cumplan los requisitos que se especifican en la Convocatoria.

La falta de firma del Modelo 790 por parte de los aspirantes, supondrá la EXCLUSIÓN de la prueba.

Al igual que en la convocatoria anterior No habrá Admisión Provisional a la prueba. Todos los requisitos de participación deberán cumplirse y acreditarse en el plazo de presentación de solicitudes y se podrán aportar también en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos.

DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS POR CIUDADES Y HOSPITAL

Nota: La entidad organizadora es responsable de la impartición y los contenidos de la formación, así como de las opiniones expresadas en la misma, que no reflejan necesariamente las del COP ÁLAVA ni comprometen en modo alguno a dicho Colegio Profesional.

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